Blog del escritor Gabriel Rodríguez Morales

lunes, 22 de enero de 2018

El canon por el préstamo en las bilbiotecas

    El Real Decreto 624/2014, de 18 de julio, por el que se desarrolla el derecho de remuneración a los autores por los préstamos de sus obras realizados en determinados establecimientos accesibles al público regula el controvertido "canon de las bibliotecas". El Real Decreto se dictó en desarrollo de la Directiva 2006/115/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual, que impuso a los estados miembros de la Unión Europea la obligación de reconocer a los autores el derecho de autorizar o prohibir el préstamo de originales y copias de obras protegidas por el derecho de autor. 
    Hay cierta confusión en torno a este canon y, con independencia de mi opinión al respecto, hay que dejar claro que el usuario en ningún caso abona ninguna cantidad al retirar un libro para su lectura y/o consulta.
    Voy a resumir los puntos principales de la regulación española del "canon bibliotecario":

¿Quienes pagan?
Las bibliotecas, excepto las de titularidad pública de menos de 5.000 habitantes y las de los centros docentes.

¿Cuánto pagan?
Se multiplicará por 0,004 euros el número de obras que han sido objeto de préstamo en cada establecimiento en el año correspondiente. Todo ello sin perjuicio de las actualizaciones correspondientes que pudieran producirse.
Además, se multiplicará por 0,05 euros el número de usuarios inscritos anualmente en cada establecimiento que hayan hecho uso efectivo del servicio de préstamo en el año correspondiente.

¿Recaudan mucho?
Según CEDRO, la cantidad recaudad es muy baja a la que se recauda en otros países europeos, donde el canon es mayor. Citan que por ejemplo que  en España se recaudaron por este motivo 79.000 euros, mientras que en "países como Francia (16 millones de euros), Alemania (10,74 millones), Reino Unido (7 millones) o Italia (1,04 millones)".

¿Quién distribuye lo recaudado?
Las entidades de gestión de los derechos de autor. En España lo es CEDRO.

¿Quién recibe lo recaudado?
Los autores y traductores según el número de obras publicadas, el número de páginas, coautoría, etc. Todos esos criterios están objetivamente establecidos por CEDRO. En todo caso, las cantidades recaudadas aseguran que ningún autor va a ganar demasiado gracias a este canon.

¿Afectará a la vida de las bibliotecas?
Los contrarios al canon dicen que supone asfixiar a las bibliotecas y limitar el acceso universal de la cultura al ciudadano, propiciando que las bibliotecas desaparecerían (juicio que a mi persona le parece exagerado).
Los defensores del canon dicen que la cantidad es pequeña en el presupuesto de la biblioteca y que los países con las mejores bibliotecas del mundo tienen este canon y por mayor cuantía que el de España.