Blog del escritor Gabriel Rodríguez Morales

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martes, 3 de julio de 2018

¿Es necesario registrar una obra para que esté protegida por la ley?

    Muchos se preguntan en qué momento su obra (ya sea una novela, una pintura o una partitura de música) está protegida por la ley. ¿Es necesario registrarla en algún medio público o privado para que no sea plagiada o explotada por alguien que no sea el autor? La respuesta es más sencilla de lo que muchos creen: desde que es creada, la ley protege al autor y su obra. Por lo tanto, no sería necesario registrarla para gozar de la protección legal. En España, así lo declara el vigente Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual de 1996, modificado varias veces en años posteriores. La citada ley, que de aquí en adelante llamaremos TRLPI, dice en su artículo 1: «Hecho generador. La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación.» En el mismo sentido se pronuncian la mayoría de las normas legislativas del resto de países. 

Escultura situada en el Paseo de las Ideas, Berlín (Alemania).

    Ampliando lo anterior y atendiendo a la letra de la ley, no basta que se produzca el proceso mental de creación de algo que puede ser considerado "obra", sino que es necesario que se plasme materialmente y pase de la mente del autor al papel, el blog de internet o al lienzo (por poner unos ejemplos). Así se expresa la misma ley en su artículo 11 de la TRLPI: «Son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro». Véase lo llamativo de esto último: «que se invente en el futuro». Y es que los avances tecnológicos van bastante más rápidos que los procesos legislativos. 

    Hay que dejar claro que no sólo las obras divulgadas o publicadas estén protegidas, una obra inédita también está amparada por la ley.

    Por otro lado, no son sólo objeto de protección las obras originales, sino también las «derivadas» (artículo 11 de la TRLPI), entendiéndose las mismas como cualquier transformación de una obra original (traducciones, adaptaciones, arreglos musicales, etc.).


    Por lo tanto, y a modo de conclusión, no es necesario registrar una obra para que esté protegida por la ley. Ahora bien, si es un medio de prueba en el caso de que surja algún problema. Supongamos que publicamos una novela y al año siguiente alguien publica una sustancialmente igual. Esto constituye un plagio. En el caso de que se tuviera que acudir a los tribunales, la fecha del momento en el que se registró probaría que es anterior al plagio. Sería un medio de prueba con el que casi seguro habríamos ganado el pleito. Por lo tanto, nunca está de más registrar la obra para tener "cubierta la espalda".  En otra entrada hablaremos de los distintos tipos de registros que existen y haremos referencia a los más utilizados.


viernes, 21 de julio de 2017

Aprobado un nuevo sistema de compensación de copia privada en España que modifica la Ley de Propiedad Intelectual

    En una entrada anterior comentaba como el Tribunal de Justicia de la Unión Europa había declarado ilegal el sistema español de la compensación de los derechos por copia privada que desde 2011 establecía que se la compensación se haría a cargo de una partida presupuestaria del Estado. Por ese motivo el Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto en julio de 2017 por el que el pago de la copia privada deja de pagarse con cargo a los Presupuestos Generrales del Estado y pasa a recaer en los fabrcantes y distribuidores de equipos, aparatos y soportes de reproducción (fotocopiadoras, escáneres, discos compactos, grabadoras de DVD, discos duros, memorias USB, moviles, etc.)

    Para más información, adjunto copia del enlace donde se comentan los detalles de la nueva regulación según La Moncloa.

    Si alguien quiere profundizar más en el tema, puede leer el Real Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, en cuanto al sistema de compensación equitativa por copia privada en el BOE del 4 de julio (adjunto enlace).

    No sé si es el mejor sistema, pero seguro que de nuevo dará mucho que hablar, como lo hizo en su momento el "movimiento anti-canon".

viernes, 15 de abril de 2016

"La piratería castiga al libro de ocio" - CEDRO

      Adjunto un interesante artículo publicado en el blog del Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO) sobre como afecta la piratería al sector del libro y a la economía en general basado en los datos presentados por el "Observatorio de la piratería 2015". Cada uno estará más o menos de acuerdo, pero es evidente que no se puede tomar a la ligera:

http://www.cedro.org/blog/blog.cedro.org/2016/04/04/pirater%C3%ADa-castiga-libro-de-ocio

LA PIRATERÍA CASTIGA AL LIBRO DE OCIO



La piratería sigue siendo un problema en nuestro país. Si bien es cierto que la legislación ha mejorado, también es verdad que las medidas puestas en marcha no están dando resultado, como lo demuestra el hecho de que el 87,48 por ciento de los contenidos digitales consumidos en España durante 2015 fueron ilegales. 
La vía administrativa, que es clave para los autores y editores porque proporcionaría una respuesta rápida contra la piratería digital, no está funcionando a pesar que fue modificada en la última reforma de la Ley de Propiedad Intelectual. En cuanto a la vía judicial, los resultados no son mejores. Por un lado, el tiempo de resolución de los procedimientos se dilata enormemente en el tiempo y, por otro, en un entorno tan global como es Internet suele ser complicado localizar a los responsables de las web que fomentan la piratería.

Os resumimos a continuación los datos más relevantes del Observatorio de la piratería 2015 presentado el pasado 31 de marzo por la Coalición de Creadores.

LIBRO DE OCIO

Este estudio analiza solamente la piratería del libro de ocio y entretenimiento, que representa aproximadamente el 45 por ciento del mercado editorial. Deja fuera la piratería que sufre la edición educativa y profesional.

-La piratería de libros crece un 36 por ciento

Según el informe, los accesos ilegales de libros de entretenimiento durante el 2015 alcanzaron la cifra de 390 millones, un 36,36 por ciento más que el año anterior.

-103 millones de euros no percibidos

El consumo ilegal de contenidos editoriales de ocio ha hecho que el sector dejara de percibir 103 millones de euros.

-El 45 por ciento de los libros pirateados son novedades

Las publicaciones nuevas son las que más accesos ilegales registran, según GfK, la consultora que ha realizado el informe. Los libros de entretenimiento lanzados hace menos de un año registraron un 45,1 por ciento de accesos piratas; los de 1 a 3 años, un 26,7 por ciento y los de más de 3 años, un 28,3 por ciento.

Para Magdalena Vinent, la  directora general de nuestra Entidad, es «muy preocupante» que casi la mitad de los ejemplares que se piratean lleven en la calle menos de un año. Las cifras de piratería en su opinión «están lastrando el mercado, en tanto que las cantidades que se están dejando de percibir no permiten invertir en la publicación de nuevas obras».

OTROS DATOS DEL OBSERVATORIO

-Sin piratería, más empleo y más recaudación

Si se terminara el acceso ilegal a contenidos digitales, la industria creativa calcula que se podrían crear 21.672 nuevos puestos de trabajo directos, a los que se sumarían 100.000 más indirectos.

Con un escenario alejado de la piratería, no solo se crearía empleo, sino que además aumentaría la aportación vía impuestos a las arcas públicas. Según el informe presentado por la Coalición de Creadores, los accesos ilegales a contenidos digitales impidieron que durante el 2015 se tributaran 547 millones de euros entre IVA, IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social.

-Razones que motivan el acceso ilegal

Entre los motivos que los encuestados apuntan cuando se les preguntan por qué consumen contenidos de sitios piratas, un 62 por ciento asegura que los originales le resultan costosos; un 55 por ciento argumenta que es fácil y rápido descargarlos; un 53 por ciento que ya paga por acceder a la red y un 47 por ciento dice que no paga por algo que no sabe si le gustará.

Para los miembros de la Coalición de Creadores es significativo el aumento de quienes justifican piratear productos culturales argumentando que no hacen daño a nadie (29 por ciento) y los que dicen que no pasa nada puesto que no hay consecuencias legales para el que piratea.

-Soluciones de los usuarios

A la hora de responder sobre las soluciones para acabar con la piratería, la opinión mayoritaria es la de bloquear el acceso a las webs que la promueven, seguida de la de desarrollar campañas de sensibilización y la de sancionar, bien económicamente bien restringiéndoles el acceso a Internet, tanto a las operadoras y los proveedores de internet como a los usuarios infractores.

lunes, 11 de enero de 2016

El Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO)

      Hoy voy a recomendar una asociación sin ánimo de lucro denominada CEDRO. Ésta se encarga de gestionar y defender de forma colectiva los derechos de propiedad intelectual de tipo patrimonial (reproducción, transformación comunicación pública y distribución). Pueden pertenecer a ella los autores y editores de libros, revistas u otros tipos de publicaciones cualquiera que sea su soporte (papel o digital). Para ello fue autorizado por el Ministerio de Cultura en 1988.

      Las principales funciones de CEDRO son las siguientes: el reparto entre autore y editores de las cantidades que resultan de la utilización de sus obras, la concesión de licencias y autorizaciones y la gestión colectiva por compensación por copia privada. Junto a estas hay otras, tales como la acción social, la concienciación de los derechos de autor, etc.

      Para asociarse sólo es necesario ser escritor, traductor o periodista que haya participado en libros, publicaciones periódicas o partituras musicales. En la categoría de editor, lo serían las editoriales de los libros, publicaciones periódicas o partituras musicales. La afiliación es gratuita y pueden obtenerse unos beneficios muy interesantes. No se abona cuota alguna. Por todo ello, invito a que visitéis la página web de CEDRO.